

Dentro del concepto de Dirección Facultativa de la obra, obligación del Arquitecto; se precisa una labor más cercana a la coordinación de los distintos agentes que participan en la obra. No es una Dirección de obra, entendiendo como tal la labor que realiza en Arquitecto Técnico o Aparejador.
Con este esfuerzo, conseguimos que la parte promotora "vea" el resultado de utilizar un material u otro con el mismo "instrumento" que usamos para que quien monta la carpintería se ponga de acuerdo con el de la chapa y el del vidrio...
Proyecto de Edificio de Viviendas en A Coruña.
CRP S.L. Arquitecto: Carlota Robelo
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